El derecho de
occision social se sustenta en la tesis de que el cadaver, como bien juridicamente tutelado, no es objeto de propiedad privada; por el contrario, esta sujeto a las normas sanitarias que, de por si, son de orden publico y su destino, en este caso, lo establece la ley(l4), debiendose tener presente que la utilizacion de los cadaveres para estos fines debera respetar los derechos fundamentales y los postulados bioeticos de las investigaciones cientificas.